ACUERDO MINISTERIAL 1500-2019
Se Acuerda Emitir El Normativo Disciplinario Aplicable Al Personal Del Ministerio De Educación.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1500-2019
Guatemala, 23 de mayo de 2019
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política de la República de Guatemala, en su artículo 108 determina que las relaciones del Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas con sus trabajadores se rigen por lo regulado en la Ley de Servicio Civil, con excepción de aquellas que se rijan por leyes o disposiciones propias de dichas entidades.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Servicio Civil, en su artículo 85 prescribe que las relaciones laborales y disciplinarias suscitadas entre los miembros del Magisterio Nacional con el Estado, continuaran normadas exclusivamente por el contenido del Decreto número 1485 del Congreso de la República de Guatemala, en los puestos cubiertos por el mencionado decreto, el citado cuerpo legal es considerado ley complementaria a la Ley de Servicio Civil, no obstante ésta última se aplicará de manera supletoria para docentes y asimismo es de observancia obligatoria en materia laboral para los trabajadores del sector administrativo del Ministerio de Educación.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 27 de la Ley del Organismo Ejecutivo, establece entre otras atribuciones del Ministro del ramo la de tomar medidas necesarias conforme a la ley, en aquellos casos de faltas, incumplimiento de deberes u otras infracciones análogas cometidas por los funcionarios y empleados públicos bajo su autoridad. En cumplimiento de lo anterior, resulta necesario emitir un normativo Ministerial que viabilice y agilice los procesos disciplinarios que se instauren con el objeto de mejorar la gestión de la calidad administrativa y educativa. El presente Acuerdo Ministerial es de estricto interés general por lo que su publicación deberá realizarse sin costo alguno.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194, literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27, literales a), f) y m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; 10 y 11 del Decreto número 12-91 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Educación Nacional; 74, 75 y 76 del Decreto número 1748 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Servicio Civil; 80 del Acuerdo Gubernativo número 18-98, Reglamento de la Ley de Servicio Civil; y 54 del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo suscrito entre el Ministerio de Educación y los Sindicatos Proponente, Firmantes y Adherentes de Trabajadoras y Trabajadores de dicho Ministerio.
ACUERDA:
"EMITIR EL NORMATIVO DISCIPLINARIO APLICABLE AL
PERSONAL DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN"
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