ACUERDO GUBERNATIVO  79-2019

Se Acuerda Aprobar La Distribución Analítica De La Ampliación Al Presupuesto General De Ingresos Del Estado Para El Ejercicio Fiscal 2019.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 79-2019
EJERCICIO FISCAL 2019

Guatemala, 29 de mayo de 2019


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el principio de constitucional de flexibilidad presupuestaria contenido en la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 238, literal b), faculta al Órgano Rector de la Administración Financiera, a establecer los casos en los que puedan realizarse transferencias de partidas presupuestarias dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada ejercicio fiscal, confiriéndole el principio de exclusividad presupuestara a la Ley Orgánica del Presupuesto, para que de conformidad al Artículo 32 establezca los mecanismos para efectuar los referidos movimientos de asignaciones que resulten necesarios durante la fase de ejecución del presupuesto, que viabilicen los cambios en los montos programados, en las partidas que correspondan.


CONSIDERANDO

Que el Congreso de la República de Guatemala, mediante el Decreto número 25-2018, aprobó en el Artículo 100 que se ampliará el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecinueve, hasta en la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE QUETZALES (Q875,000,000), para la ejecución de recursos provenientes de donaciones; préstamos externos en ejecución; la aplicación de la Ley de Extinción de Dominio; la regularización de arrendamientos conforme al Acuerdo Gubernativo número 905-2002, Reglamento para Regularizar y Otorgar en Arrendamiento Bienes Inmuebles Propiedad del Estado; ingresos propios de las entidades y sus saldos, facultando al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio de Finanzas Públicas, apruebe mediante Acuerdo Gubernativo, refrendado por dicho Ministerio, la ampliación y distribución en detalle de los recursos mencionados, asignando las partidas específicas para su utilización.


CONSIDERANDO

Que los Ministerio de Finanzas Públicas y de Salud Pública y Asistencia Social, en función de lo que establece el Decreto número 25-2018, del Organismo Legislativo, Artículo 100 solicitan ampliar su Presupuesto de Egresos vigente, a favor del Registro General de Adquisiciones del Estado, para contratación de recurso humano, tecnológico e informático, bienes, servicios y equipamiento, así como para destinar recursos del préstamo BCIE 2138 Apoyo a Proyectos de Inversión en Infraestructura Social y Productiva de la República de Guatemala, para la reposición de infraestructura en salud, mejoramiento y construcción de hospitales, en consecuencia al tenor de lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos, y las autoridades superiores de los Ministerios indicados y de las Unidades Ejecutoras que correspondan, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la distribución analítica de la ampliación presupuestaria solicitada y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo.


CONSIDERANDO

Que en cumplimiento de lo anterior, es procedente autorizar la distribución analítica de la ampliación presupuestaria mencionada, en vista que serenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen número 261 de fecha 14 MAY 2019, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 126 de fecha 21-05-2019, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 183, literales e) y q), y conforme al Decreto número 25-2018, del Congreso de la República de Guatemala, Artículo 100, Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecinueve.


ACUERDA

 
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