ACTA MUNICIPAL 080-2018.2
Reglamento De Construcción.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE RAXRUHÁ DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ, CERTIFICA: Tener a la vista el Libro de Actas del Concejo Municipal autorizado por la Contraloría General de Cuentas con el número diecisiete mil treinta y seis diagonal guion dos mil dieciocho (17,036/2018) de fecha dieciséis de enero del año dos mil dieciocho en donde se encuentra el acta número 080-2018 de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil dieciocho, que a folios 3439 y 3466 se encuentra el punto SEGUNDO que en su parte conducente fue aprobado el REGLAMENTO DE :
"SEGUNDO: EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE RAXRUHÁ, MUNICIPIO DE RAXRUHÁ, DEPARTAMENTO DE ALTAVERAPAZ, GUATEMALA, CENTRO AMÉRICA. CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece: "Autonomía Municipal. Los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde: ...b) Obtener y disponer de sus recursos; y c) Atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.". Lo anterior fortalecido por el artículo 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, que regula: "Recursos económicos del municipio. Las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios. La captación de recursos deberá ajustarse al principio establecido en el artículo 239 de esta Constitución, a la ley y a las necesidades de los municipios.",
POR TANTO:
Con base a consideraciones precedentes, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere los Artículos: 1°., 2°., 3°., 4°., 5°., °., 46, 47, 51, 52, 53, 56, 57, 58, 65, 66, 71, 253, 254, y 257 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 7, 9, 18, 19, 20, 21, 33, 34, 35, 38, 39, 40, 41, 42, 52, 53, 54, 67, 68, 72, 100, 142, 143, 144, 146, 146, 147, 148, y 149 del Código Municipal; 15 numeral 1°., y 16 del Código Civil; 89, y 90 de la Ley de Contrataciones del Estado; 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 20, 25, 26, 36, 41, 42, 43,49, 50 y 54 del Reglamento interno de Concejo Municipal; previa deliberación sobre el particular, POR UNANIMIDAD DE VOTOS FAVORABLES, al resolver, ACUERDA: I. EMITIR el siguiente:
REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
GENERALIDADES Y DEFINICIONES
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