ACTA MUNICIPAL  58-2018.40

Reglamento De Transporte Público Para El Municipio De Sibilia, Quetzaltenango.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SIBILIA, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.

CERTIFICA:

Tener a la vista el libro de Sesiones Municipales que se lleva en la oficina, en el cual se encuentra el punto CUADRAGESIMO: que literalmente dice.
ACTA NUMERO 58-2,018.- Sesión Pública del Concejo Municipal del Municipio de Sibilia, departamento de Quetzaltenango, celebrada en el Salón de Honor Municipal local de fecha veintinueve de agosto del año dos mil dieciocho, bajo la digna presidencia del señor Alcalde Municipal don Juan Francisco de León Arreaga,. René Marcelino de León de León, Sindico Primero Municipal, Porfidio Faustino Reyes Maldonado, Sindico Segundo Municipal, Hugo Ariel de León Salvatierra, Concejal Primero Municipal, Misael Victalí López Gramajo, Concejal Segundo Municipal, Hember Conrrado Jerez Echeverría, Concejal Tercero Municipal, Florencio Martines Mazariegos Barrios, Concejal Cuarto Municipal; y Henry Mandolfo López Jerez, Secretario Municipal que certifica: Siendo las dieciocho horas se procedió de la manera siguiente.- CUADRAGESIMO: La Honorable Corporación Municipal CONSIDERANDO: que se hace necesario contar con un reglamento que regule el trasporte público para éste municipio, con el cual se establecen los requisitos mínimos con que deben contar las unidades de transporte, así como sus diferentes rutas y todo lo que conlleva el transporte público en éste municipio, el cual ha sido conocido y analizado por parte de éste Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo que para el efecto establece el artículo 3, del Código Municipal "AUTONOMIA: En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio... la emisión de sus ordenanzas y reglamentos..."; El artículo 23 TER del Código Municipal "DE LAS FORMAS DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL MUNICIPAL., quien deberá formular y ejecutar planes de ordenamiento territorial y desarrollo integral del municipio emitiendo las ordenanzas y reglamentos que correspondan..."; y el Inciso I del artículo 35 del Código Municipal "ATRIBUCIONES GENERALES DEL CONCEJO MUNICIPAL... I) La emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales..."; por TANTO y previa deliberación sobre el particular, en base a los considerandos, a lo que para el efecto señalan los artículos ya mencionados y el 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 9, 33, 38, 39, 40 y 41 del Código Municipal, Por Unanimidad ACUERDAN: i) Aprobar el Reglamento de Transporte Público Para el Municipio de Sibilia, departamento de Quetzaltenango; II) Se aprueban los cincuenta y seis artículos y los artículos I, II, III, IV de las disposiciones finales y transitorias con que cuenta el Reglamento de Transporte Público Para el Municipio de Sibilia, departamento de Quetzaltenango; III) El contenido del Reglamento de Transporte Público Para el Municipio de Sibilia, departamento de Quetzaltenango que se aprueba es el que sigue a continuación:

REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO PARA EL MUNICIPIO DE SIBILIA, QUETZALTENANGO

TÍTULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES, DEL CONCEJO MUNICIPAL Y DE LA OFICINA DE SERVICIOS MUNICIPALES
CAPITULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

 
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