ACUERDO 53-2018
Liquidación De Procesos En El Juzgado De Primera Instancia De Familia Para La Admisibilidad De Demandas.
ACUERDO NÚMERO 53-2018
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones legales pertinentes para hacer más eficiente el manejo de los recursos humanos y financieros del Organismo Judicial.
CONSIDERANDO
Que la Corte Suprema de Justicia, podrá ordenar la creación y supresión de los órganos jurisdiccionales que considere oportunos, tomando en cuenta las necesidades del servicio.
CONSIDERANDO
Que el volumen de trabajo de los juzgados del ramo de familia de la ciudad de Guatemala ha aumentado considerablemente, lo que hace necesario una reestructuración del Modelo de Gestión de Familia para dar respuesta pronta y cumplida en dicha materia, que permita agilizar el trámite de los procesos, estimando conveniente la supresión del Juzgado de Primera Instancia de Familia para la Admisibilidad de Demandas, sin embargo previo a dicha supresión deben dictarse las disposiciones correspondientes para llevar a cabo la transición de dicho órgano jurisdiccional a efecto de que los expedientes que actualmente se encuentran en ese Juzgado sean trasladados al Órgano Jurisdiccional correspondiente y se liquiden los que se encuentran en trámite.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo establecido en los artículos 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículos 53, 54 literales a) y f), 77, 94 y 95 de la Ley del Organismo Judicial, la Corte Suprema de Justicia, integrada como corresponde,
ACUERDA:
LIQUIDACIÓN DE PROCESOS EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
DE FAMILIA PARA LA ADMISIBILIDAD DE DEMANDAS
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