ACUERDO  01-2019

Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Del Instituto De La Defensa Pública Penal Para El Ejercicio Fiscal 2019.


ACUERDO No. 01-2019


LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA DEFENSA PÚBLICA PENAL


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo doscientos treinta y siete (237) de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la Constitución, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y los gastos por realizar.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal, Decreto ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97), del Congreso de la República de Guatemala, el Instituto de la Defensa Pública Penal goza de autonomía funcional y total independencia técnica para el cumplimiento de sus funciones y de acuerdo a las leyes de la materia, las entidades autónomas establecerán su propio sistema presupuestario.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo diez (10) del Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97), Ley Orgánica del Presupuesto, del Congreso de la República de Guatemala, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal para el presente Ejercicio Fiscal, debe disponer de la totalidad de las asignaciones presupuestarias destinadas a sufragar los gastos y la estimación de los recursos destinados para su financiamiento.


CONSIDERANDO

Que mediante Decreto 25-2018 del Congreso de la República de Guatemala, fue aprobada la Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2019, publicado en el Diario Oficial el 27 de diciembre de 2018; y que aprueba el aporte a favor del Instituto de la Defensa Pública Penal por DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL QUETZALES EXACTOS (Q243,354,000.00) dentro de las Obligaciones del Estado a Cargo del Tesoro.


CONSIDERANDO

Que es necesario adaptar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Instituto de la Defensa Pública Penal a la situación financiera real que se espera obtener al treinta y uno (31) de diciembre de dos mil diecinueve (2019), por concepto de Ingresos Propios de la Institución, incorporando la suma de TRESCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.300,000.00), como un monto estimado por concepto de ingresos por percibir identificando el recurso y su fuente de financiamiento especifica.


POR TANTO

Con fundamento en los considerandos anteriores, y artículos ciento setenta y uno (171) literal b) de la Constitución Política de la República de Guatemala, veinticuatro (24) del Decreto ciento uno guión noventa y siete (101-97) Ley Orgánica del Presupuesto y doce (12), numeral ocho (8), del Decreto número ciento veintinueve guión noventa y siete (129-97) Ley del Servicio Público de Defensa Penal.


ACUERDA

 
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