ACTA MUNICIPAL  01-2019.2

Se Acuerda Convalidar La Aceptación Del Traslado De Competencia De La Administración De Tránsito Realizada Por El Organismo Ejecutivo A Través Del Acuerdo Gubernativo 200-2018.


ACTA NÚMERO 01-2019

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN CHAMELCO, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ:


CERTIFICA:

QUE HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL, TOMO NÚMERO CINCUENTA Y UNO "A" EN USO, A FOLIOS NÚMEROS DEL 1751 AL 1763, SE ENCUENTRA EL ACTA NÚMERO 01-2019, DE PECHA 02-01-2019, QUE COPIADA LITERALMENTE EN SU PARTE CONDUCENTE SE LEE:

SEGUNDO: El señor Alcalde Municipal Ervin Orlando Tut Quim, en su calidad de presidente de la presente sesión, informa al pleno del Concejo Municipal del Municipio de San Juan Chamelco del departamento de Alta Verapaz, que se realizaron todas las diligencias para la culminación del proceso ante el Ministerio de gobernación de la República, para la obtención de la delegación y traslado de la competencia de la Administración de Tránsito que finalizó con la suscripción del Acuerdo Gubernativo número 200-2018, de fecha veintisiete (27) de noviembre del año dos mil dieciocho (2018) cuya publicación en el Diario de Centroamérica se realizó el veintisiete de diciembre del mismo año dos mil dieciocho por esta Municipalidad, por tal virtud es necesario que el Concejo Municipal emita el Acuerdo municipal en el que convalide la aceptación del traslado de la competencia de la administración del tránsito realizada por el Organismo Ejecutivo, mismo que deberá ser publicado en el Diario de Centroamérica para que surta sus efectos legales respectivos.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 4 del Decreto 132-96, del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito, que establece que es competencia del Ministerio de Gobernación, por intermedio del Departamento de Tránsito de la Dirección General de la Policía Nacional Civil el ejercicio de la autoridad de tránsito en la vía pública.


CONSIDERANDO:

Que el mismo cuerpo legal establece en el artículo 7 que el Ministerio de Gobernación podrá trasladar o contratar funciones que competen al Departamento de Tránsito con entidades públicas mediante la suscripción de un convenio, con la parte interesada y que las funciones que se trasladen o contraten conforme la ley están sujetas al cumplimiento de las disposiciones legales de tránsito y al Control del Ministerio de Gobernación o municipalidad correspondiente.


CONSIDERANDO:

Que la misma ley de Tránsito en su artículo 8 establece que el Organismo Ejecutivo, mediante Acuerdo Gubernativo podrá trasladar la competencia de la administración de tránsito a las municipalidades de la República que se encuentren en condiciones de realizar dicha función eficientemente dentro de su jurisdicción y acrediten, como mínimo, los extremos señalados en éste artículo. Para tal efecto, además del Acuerdo Gubernativo referido, el Concejo Municipal correspondiente deberá convalidar dicho traslado mediante Acuerdo Municipal.


CONSIDERANDO:

Que con fecha 27 de noviembre del año 2018 el Ministerio de Gobernación emitió el Acuerdo Gubernativo número 200-2018, firmado por el Presidente de la República y el Ministro de Gobernación, el cual fue debidamente publicado en el Diario de Centroamérica con fecha 27 de diciembre del mismo año, en el cual en su artículo 1 Acuerda: "Trasladar la competencia de la Administración de Tránsito a la Municipalidad de San Juan Chamelco del Departamento de Alta Verapaz, única y exclusivamente dentro de su jurisdicción, de conformidad con la Resolución número 000392 de fecha 21 de agosto del 2018 emitida por el Ministerio de Gobernación. Para tal efecto se debe cumplir con los compromisos adquiridos en el Convenio número 11-2018, suscrito entre la Municipalidad de San Juan Chamelco del Departamento de Alta Verapaz y el Ministerio de Gobernación, de fecha 16 de octubre del año 2018"


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos: 253, 254, 255, 259 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y, 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68, 99, 142, 147, 151, 161 y 165 del Código Municipal; Artículo 4, 7 y 8 del Decreto número 132-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Tránsito, y a efecto de ejercer la competencia de la administración de transito que le fue otorgada a la Municipalidad de San Juan Chamelco, el Honorable Concejo Municipal:


ACUERDA

 
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