ACUERDO  38-2018

Reglamento Para La Administración, Coordinación Interinstitucional, Rehabilitación, Mejoramiento, Conservación, Mantenimiento, Explotación Y Buen Uso De Los Inmuebles, Edificios, Instalaciones Y Servicios Específicos Del Puerto Fronterizo.


ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 38-2018


EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA


CONSIDERANDO:

Que por medio del Acuerdo Gubernativo número 56-2003, se constituyó usufructo por cincuenta años a título gratuito a favor de la Superintendencia de Administración Tributaria en donde se construyeron las instalaciones del Puerto Fronterizo ingeniero Juan Luis Lizarralde Arrillaga, formando un solo cuerpo;


CONSIDERANDO:

Que en el citado Acuerdo Gubernativo se designó a la Superintendencia de Administración Tributaria como responsable de la administración, rehabilitación, mejoramiento, conservación, mantenimiento, explotación y buen uso de los inmuebles, edificios, instalaciones y servicios específicos del Puerto Fronterizo Ingeniero Juan Luis Lizarralde Arrillaga, por lo que es necesario emitir las disposiciones que regulen la administración, coordinación y actividades de dicho Puerto Fronterizo;


POR TANTO:

Con fundamento en lo preceptuado en el Acuerdo Gubernativo número 56-2003 y en ejercicio de las funciones especificas establecidas en el artículo 7, incisos a) y o) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria;


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL, REHABILITACIÓN, MEJORAMIENTO, CONSERVACIÓN,
MANTENIMIENTO, EXPLOTACIÓN Y BUEN USO DE LOS INMUEBLES, EDIFICIOS,
INSTALACIONES Y SERVICIOS ESPECÍFICOS DEL PUERTO FRONTERIZO
INGENIERO JUAN LUIS LIZARRAL DE ARRILLAGA


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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