ACUERDO 38-2018
Reglamento Para La Administración, Coordinación Interinstitucional, Rehabilitación, Mejoramiento, Conservación, Mantenimiento, Explotación Y Buen Uso De Los Inmuebles, Edificios, Instalaciones Y Servicios Específicos Del Puerto Fronterizo.
ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 38-2018
EL DIRECTORIO DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
CONSIDERANDO:
Que por medio del Acuerdo Gubernativo número 56-2003, se constituyó usufructo por cincuenta años a título gratuito a favor de la Superintendencia de Administración Tributaria en donde se construyeron las instalaciones del Puerto Fronterizo ingeniero Juan Luis Lizarralde Arrillaga, formando un solo cuerpo;
CONSIDERANDO:
Que en el citado Acuerdo Gubernativo se designó a la Superintendencia de Administración Tributaria como responsable de la administración, rehabilitación, mejoramiento, conservación, mantenimiento, explotación y buen uso de los inmuebles, edificios, instalaciones y servicios específicos del Puerto Fronterizo Ingeniero Juan Luis Lizarralde Arrillaga, por lo que es necesario emitir las disposiciones que regulen la administración, coordinación y actividades de dicho Puerto Fronterizo;
POR TANTO:
Con fundamento en lo preceptuado en el Acuerdo Gubernativo número 56-2003 y en ejercicio de las funciones especificas establecidas en el artículo 7, incisos a) y o) del Decreto número 1-98 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Superintendencia de Administración Tributaria;
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN, COORDINACIÓN
INTERINSTITUCIONAL, REHABILITACIÓN, MEJORAMIENTO, CONSERVACIÓN,
MANTENIMIENTO, EXPLOTACIÓN Y BUEN USO DE LOS INMUEBLES, EDIFICIOS,
INSTALACIONES Y SERVICIOS ESPECÍFICOS DEL PUERTO FRONTERIZO
INGENIERO JUAN LUIS LIZARRAL DE ARRILLAGA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 1,173 veces.
- Ficha Técnica: 103 veces.
- Imagen Digital: 103 veces.
- Texto: 100 veces.
- Formato PDF: 27 veces.
- Formato Word: 24 veces.