ACUERDO MINISTERIAL  142-2018

Se Acuerda Reformar El Acuerdo Ministerial Número 201-2015, De Fecha 11 De Noviembre De 2015.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 142-2018

Guatemala, 29 de agosto de 2018


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que, cada ministerio estará a cargo de un ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio y velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo;


CONSIDERANDO:

Que la Ley del Organismo Ejecutivo, establece que, además de las que asigna la Constitución Política de la República y otras leyes, los Ministros tienen las atribuciones de cumplir y hacer que se cumpla el ordenamiento jurídico en los diversos asuntos de su competencia; dirigir y coordinar la labor de las dependencias y entidades bajo su competencia, así como la administración de los recursos financieros, humanos y físicos bajo su responsabilidad, velando por la eficiencia y eficacia en el empleo de los mismos y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley;


CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo Ministerial Número 201-2015, de fecha 11 de noviembre de 2015, se formalizó la categorización, creación y recategorización de los servicios de salud que se prestan en el área de salud de Chimaltenango del departamento de Chimaltenango, en el que se creó el servicio de salud Centro de Urgencias Médicas -CUM- de Tecpán Guatemala, siendo necesario emitir el Acuerdo Ministerial de reforma, que recategorice el Centro de Urgencias Médicas -CUM- de Tecpán Guatemala por Hospital General Tipo I de Tecpán Guatemala, de acuerdo a las constancias que obran en el expediente;


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los Artículos 27 literales a), f) y m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo;


ACUERDA:

Las siguientes,


REFORMAS AL ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 201-2015,
DE FECHA 11 DE NOVIEMBRE DE 2015

 
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