ACUERDO  63-2017

Se Organiza Y Transforma en Pluripersonal El Juzgado De Primera Instancia De Trabajo Y Previsión Social Y De Familia Del Departamento De El Progreso.


ACUERDO NÚMERO 63-2017


CONSIDERANDO

Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos Jurisdiccionales creados y distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y territorio.


CONSIDERANDO

Que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la justicia la seguridad y la paz. Que para el cumplimiento de estos deberes los ciudadanos deben tener acceso a órganos jurisdiccionales que por su jerarquía y ubicación geográfica tengan competencia para resolver sus pretensiones jurídicas.


CONSIDERANDO

La carga de trabajo y el incremento de procesos en el Juzgado de Primera Instancia de Trabajo y Previsión Social y de Familia del departamento de El Progreso, hace necesario la transformación de un órgano jurisdiccional de carácter pluripersonal para atender el alto número de casos y garantizar una justicia pronta y cumplida.


POR TANTO

Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 51, 52, 53, 54 a) y f) , 57, 58, 62, 77, 94, 95 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto 2-89 del Congreso de la República, la Corte Suprema de Justicia integrada como corresponde,


ACUERDA


LA ORGANIZACIÓN Y TRANSFORMACIÓN A PLURIPERSONAL DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y FAMILIA
DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,600 veces.
  • Ficha Técnica: 16 veces.
  • Imagen Digital: 16 veces.
  • Texto: 15 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu