ACUERDO GUBERNATIVO  134-2018

Se Acuerda Aprobar La Ampliación Del Presupuesto De Ingresos De La Empresa Guatemalteca De Telecomunicaciones -Guatel-, Correspondiente Al Ejercicio Fiscal 2018.

*Esta Publicación Contiene Errores en su diagramación por lo que se Pública Nuevamente en forma íntegra En la FE DE ERRATA de fecha 09/08/2018.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 134-2018

Guatemala, 31 de julio de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el principio constitucional de flexibilidad presupuestaria contenido en la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 238, literal b), faculta al Órgano Rector de la Administración Financiera, a establecer los casos en los que puedan realizarse transferencias de partidas dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para cada ejercicio fiscal, confiriéndole el principio de exclusividad presupuestaria a la Ley Orgánica del Presupuesto. En este sentido, los artículos 3 y 41 establecen los mecanismos para efectuar los referidos movimientos de asignaciones que resulten necesarios durante la fase de ejecución del presupuesto, que viabilicen los cambios en los montos programados, en las partidas que correspondan.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41 y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -Guatel-, solicitó autorización para una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2018, en la cantidad de CUATRO MILLONES VEINTITRÉS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS QUETZALES (Q4,023,852), aprobada por la Junta Directiva de esa Entidad mediante el Punto Sexto del Acta número 19-2018 de fecha 23 de mayo de 2018, con el propósito de incorporar recursos provenientes de ingresos propios y saldos de caja, destinados a cubrir principalmente los gastos operativos, equipo de cómputo y de comunicaciones, necesarios para el funcionamiento de la Empresa, el pago a los contratos firmados con varias empresas proveedoras de servicio de internet, para que Guatel cumpla con los compromisos contraídos con las diversas Instituciones del Estado; así como, el aporte a la Contraloría General de Cuentas derivado de la presente ampliación presupuestaria.


CONSIDERANDO

Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13,29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades de la Empresa Guatemalteca de Telecomunicaciones -Guatel-, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los montos acreditados aprobados con el presente Acuerdo Gubernativo.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 421 de fecha 23 de JUL 2018, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución Número 231 de fecha 25-07-2018, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en los artículos 183, literales e) y q); y 238, literal b); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44.


ACUERDA

 
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