ACUERDO MINISTERIAL 160-2018
Se Acuerda Reformar El Artículo 2 Del Acuerdo Ministerial Número 292-2009, De Fecha 4 De Agosto De 2009, Emitido Por El Ministerio De Energía Y Minas.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 160-2018
Guatemala, 04 de junio de 2018
EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS
CONSIDERANDO:
Que a través del Acuerdo Ministerial número 292-2009, de fecha 4 de agosto de 2009, el Ministerio de Energía y Minas, acordó otorgar a la entidad Agrícola Cafetalera Palo Viejo, Sociedad Anónima, Autorización de ampliación y modificación de Autorización Definitiva que le fuera otorgada para utilizar Bienes de Dominio Público para la instalación de un proyecto hidroeléctrico denominado "Palo Viejo", consistente en una central generadora, en los municipios de San Juan Cotzal y San Miguel Uspantán del departamento de Quiché, utilizando el caudal de los ríos y las cotas que en el mismo se detallan. Asimimo, autorizó a la entidad Agrícola Cafetalera Palo Viejo, Sociedad Anónima, para transferir a Renovables de Guatemala, Sociedad Anónima, la Autorización Definitiva relacionada, de conformidad con el Acuerdo Ministerial número 014-2007 del 23 de enero de 2007. Dicha autorización se concretó, el doce de octubre de dos mil nueve, al suscribir con el Ministerio de Energía y Minas, el Contrato de Modificación y Transferencia de Autorización Definitiva para Utilizar Bienes de Dominio Público para la Instalación de una Central Generadora Hidroeléctrica, contrato que se celebró a través de la Escritura Pública número dos (2), autorizada en esta ciudad por la Notaria Ana Gabriela Roca de González.
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la resolución número MEM-RESOL-2017-1771, de fecha octubre veintisiete de dos mil diecisiete, autorizó la reforma del Acuerdo Ministerial 292-2009 referido, y por lo tanto la modificación de la Escritura Pública número dos (2), autorizada en esta Ciudad por la Notaria Ana Gabriela Roca de González, con fecha doce de octubre de dos mil nueve, la cual contiene el Contrato de Modificación y Transferencia de Autorización Definitiva para Utilizar Bienes de Dominio Público para la Instalación de una Central Generadora Hidroeléctrica, suscrito con el Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de modificar las cotas del río Putul en la cota máxima 930.00 m.s.n.m. y cota mínima 791.00 m.s.n.m..
CONSIDERANDO:
Que en virtud de haber transcurrido el plazo establecido en el artículo 19 de la Ley General de Electricidad, sin que se suscribiera el contrato, en escritura pública, de la reforma a la Autorización Definitiva que nos ocupa; asimismo, dentro del expediente de mérito, consta que el Acuerdo Ministerial número 218-2017, de fecha 27 de octubre de 2017, fue notificado a la entidad interesada el 19 de marzo de 2018, y siendo que ' obra en autos la solicitud de la misma para emitir un nuevo Acuerdo Ministerial, es procedente emitir la disposición legal correspondiente, bajo las mismas condiciones que el Acuerdo Ministerial anterior.
POR TANTO:
Este Ministerio, en el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 1, 3, 6, 7, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la Ley General de Electricidad; 4, 9 y 14 del Reglamento de la Ley General de Electricidad; 22 y 27 literal m) y 34 de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas;
ACUERDA:
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