ACUERDO  35-2018

Se Acuerda La Competencia Material Y Territorial Del Juzgado De Paz Penal De 24 Horas Del Municipio De Villa Nueva Y Departamento De Guatemala.


ACUERDO NÚMERO 35-2018


CONSIDERANDO

Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados, específicamente distribuir la competencia por razón de la materia, cuantía y territorio.


CONSIDERANDO

Que la competencia material y territorial del Juzgado de Paz Penal de 24 horas del municipio de Villa Nueva, así como la de los Juzgados de Paz de los municipios de Villa Canales, Amatitlán y San Miguel Petapa, todos del departamento de Guatemala, ha generado dudas de competencia, por lo que para alcanzar los fines de una pronta y cumplida administración de justicia se hace necesario definir específicamente las competencias mediante el presente acuerdo.


POR TANTO

La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 20, 51, 203, 205, 207 y 214 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 51, 53, 54 literales a) y f) 57, 58, 74, y 77 de la Ley del Organismo Judicial; 43, 44 y 52 del Código Procesal Penal, e integrada como corresponde,


ACUERDA

 
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