ACTA MUNICIPAL  077-2017-HM-CUI-SR.3

Reglamento Para El Funcionamiento Y Administración Del Mercado Municipal De Cuilapa, Departamento De Santa Rosa.


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CUILAPA, CABECERA DEL DEPARTAMENTO DE SANTA ROSA:


CERTIFICA:

Tener a la vista el libro de Actas de Hojas Móviles de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal, número 5906, en el cual se registra el Acta de sesión ordinaria Número 077-2017-HM-CUI-SR, de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil diecisiete, en la que consta el punto resolutivo que transcrito literalmente dice: "TERCERO: El honorable Concejo Municipal de la ciudad de Cuilapa, cabecera del departamento de Santa Rosa,


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo dispuesto en el artículo 35 incisos a) e i) del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República, el Gobierno Municipal corresponde con exclusividad al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus Acuerdos, Reglamentos y Ordenanzas Municipales;


CONSIDERANDO:

Que de Acuerdo con los artículos 3 y 5 del Código Municipal, en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza a los municipios, es facultad de las autoridades municipales, el gobierno y administración de sus intereses, de manera eficaz y eficiente.


CONSIDERANDO:

Que la municipalidad está obligada a formular y ejecutar planes de desarrollo integral, tales formas de desarrollo deberán garantizar como mínimo el establecimiento, funcionamiento y administración de los servicios públicos, como agua potable, parques, escuelas, centros de salud, mercados, etc., que sean apropiados y de las dimensiones proporcionales a la población y proyectados de acuerdo a la naturaleza del desarrollo,


CONSIDERANDO:

Que dentro de sus competencias corresponde al municipio el abastecimiento domiciliario de agua potable debidamente clorada, alcantarillado, alumbrado público, administración mercados; rastros; administración de cementerios y la autorización y control de los cementerios privados; recolección, tratamiento y disposición de desechos sólidos; limpieza y ornato.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 3, 9,33, 35, literales a), e i), 67, 72, 73, 100 literal q) y 151 del Código Municipal Decreto número 12-2002 del Congreso de la República,


ACUERDA:

Emitir y aprobar el siguiente:


REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN
DEL MERCADO MUNICIPAL DE CUILAPA, DEPARTAMENTO
DE SANTA ROSA.


CAPITULO I
DIPOSICIONES GENERALES

 
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