ACUERDO GUBERNATIVO  86-2018

Se Acuerda Aprobar La Ampliación Al Presupuesto De Ingresos Del Instituto Guatemalteco De Turismo -Inguat-, Para El Ejercicio Fiscal Dos Mil Dieciocho.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 86-2018

Guatemala, 10 de mayo de 2018


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Instituto Guatemalteco de Turismo -Inguat-, solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciocho, con el propósito de programar recursos para las acciones promocionales en el exterior e interior del país, sobre los atractivos turísticos en Guatemala, prestaciones laborales y de servicio cívico, así como el aporte por servicios de fiscalización a la Contraloría General de Cuentas.


CONSIDERANDO

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, establecen que las modificaciones y transferencias de los presupuestos de las entidades descentralizadas, se realizarán por medio de Acuerdo Gubernativo cuando se amplíe o disminuya el presupuesto de las citadas entidades, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que conforme los artículos 13, 29 y 29 Bis del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación presupuestaria no obliga a la realización del gasto y las autoridades del Instituto Guatemalteco de Turismo -Inguat-, serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados en el presente Acuerdo.

CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 239 de fecha 8 MAY 2018, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 129 de fecha 09-05-2018, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confieren las literales e) y q) del Artículo 183, de la Constitución Política de la República de Guatemala; el Artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; y el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.


ACUERDA

 
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