ACUERDO GUBERNATIVO 09-06-1956
Conceder al Banco de Guatemala el uso vitalicio, a título gratuito de una fracción, de terreno que deberá desmembrarse del inmueble de propiedad nacional inscrita en el Registro General de la República bajo el número 632, folio 225 del libro 3 de Izabal.
Palacio Nacional: Guatemala, 9 de junio de 1956.
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que es atendible la solicitud presentada por la Gerencia del Banco de Guatemala, para que se le conceda en uso gratuito una fracción del inmueble de propiedad nacional, ubicada en Puerto Barrios, del departamento de Izabal, inscrita en el Registro General de la República con el número 632, folio 225 del libro 3 del citado departamento, ya que tal concesión hará posible la construcción de una agencia de la citada entidad bancaria en aquel lugar;
POR TANTO,
En uso de las facultades que le otorga el inciso 4° del artículo 168 de la Constitución de la República,
ACUERDA:
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