DECRETO DEL CONGRESO  3-2018

Se Acuerda RECONOCIMIENTO DE HONOR PÚBLICO EN FORMA PERSONAL Y EXTRAORDINARIO A LA SEÑORA CONCEPCIÓN RAMÍREZ MENDOZA, OTORGÁNDOLE UNA PENSIÓN VITALICIA POR LA CANTIDAD DE CINCO MIL QUETZALES.


DECRETO NÚMERO 3-2018


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 171 literal e) otorga al Congreso de la República la facultad de decretar honores públicos por grandes servicios prestados a la Nación, a aquellas personas que se hayan distinguido por servicios o aportes extraordinarios al país.


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 58, reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres.


CONSIDERANDO:

Que dentro de su competencia legal, el Organismo Ejecutivo le otorgó una pensión vitalicia a la distinguida guatemalteca Concepción Ramírez Mendoza, pero las limitaciones en cuanto al monto establecido por el Decreto Número 87-70 del Congreso de la República y sus reformas, hacen imposible que el Organismo Ejecutivo pueda darle un mayor apoyo económico; siendo que este Congreso de la República considera que el personaje ya mencionado reúne virtudes y calidades reconocidas por la población, pues en ella se dan los presupuestos establecidos en el articulo 171 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


CONSIDERANDO:

Que la señora Concepción Ramírez Mendoza se ha distinguido en forma extraordinaria al haber aportado la imagen de su rostro para que quedara acuñada en la moneda nacional de veinticinco centavos, siendo así un personaje que enaltece la identidad cultural de los guatemaltecos a nivel nacional e internacional, por lo que es procedente decretarle honores públicos que le asisten, pues el aporte extraordinario con el que ha contribuido es de notabilidad; incluso continúa promoviendo la identidad cultural entre las nuevas generaciones con su imagen y presencia.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 165 literal j) bis, y 171 literales a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:


RECONOCIMIENTO DE HONOR PÚBLICO EN FORMA PERSONAL Y
EXTRAORDINARIO A LA SEÑORA CONCEPCIÓN RAMÍREZ MENDOZA,
OTORGÁNDOLE UNA PENSIÓN VITALICIA POR LA CANTIDAD DE
CINCO MIL QUETZALES

 
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