ACTA MUNICIPAL  002-2018.6

Se Acuerda CONCEDER AMNISTIA TOTAL A LAS MULTAS Y RECARGOS POR MORA, INCURRIDA POR TODOS Y CADA UNO DE LOS CONTRIBUYENTES POR FALTA DE PAGO DE ARBITRIOS TASAS Y OTRAS CONTRIBUCIONES EN GENERAL, De La Municipalidad De San Marcos Departamento De San Marcos.


ACTA NUMERO: 002-2,018

El INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS, DEL MUNICIPIO DE SAN MARCOS, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES MUNICIPALES EN DONDE APARECE INSCRITA EL ACTA No. 002-2,018 DE FECHA OCHO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO LA CUAL EN SU PARTE CONDUCENTE DICE.

ACTA NUMERO: 002-2,018 (CERO CERO DOS GUION DOS MIL DIECIOCHO) En el Municipio de San Marcos, Departamento de San Marcos, cuando son las dieciocho horas en punto del día LUNES OCHO DE ENERO, del año dos mil dieciocho reunidos en el Salón de Honor del Palacio Maya de la Cultura Marquense de la Municipalidad de San Marcos, para llevar a cabo la Sesión Pública, ORDINARIA presidida por el señor Alcalde Municipal Br. Cirilo Gabriel López López, con la presencia de los señores: Sra. Sara Liseth Barrios Guzmán de Ángel Sindico Primero Municipal, Lic. Esaú Gregorio Ajtún Juárez Sindico Segundo Municipal, Sr. Adán Emilio López Soto Concejal Primero Municipal, Mepu. Luís Fernando de León Herrera, Concejal Segundo Municipal, Ingeniero Héctor Alejandro González Barrios Concejal Tercero Municipal, Licenciado Francisco Alexander Gómez Velásquez Concejal Cuarto Municipal, Ingeniero Rodolfo Raquel Carredano Romero Concejal Quinto Municipal y Licenciado Ulmar Alfre de León Dionicio, Secretario Municipal que CERTIFICA, para dejar constancia de lo siguiente: SEXTO: AUTORIZACION PARA CONCEDER AMNISTIA TOTAL A LAS MULTAS Y RECARGOS POR MORA DE LA MUNICIPALIDAD Y SUS DEPENDENCIAS POR DOS MESES. El señor Alcalde Municipal procede a informar a los señores del Concejo Municipal, que como en años anteriores se ha concedido amnistía total A LAS MULTAS Y RECARGOS POR MORA. INCURRIDA POR TODOS Y CADA UNO DE LOS CONTRIBUYENTES POR FALTA DE PAGO DE ARBITRIOS TASAS Y OTROS CONTRIBUCIONES EN GENERAL, QUE INCLUYE A LOS INQUILINOS O LOCATARIOS Y QUE TENGAN CONSECUENCIA DEL PAGO DE PISO DE PLAZA DEL MERCADO MUNICIPAL, ANTIGUA TERMINAL, CASETAS DEL HOSPITAL NACIONAL, CALZADA DE LA REVOLUCIÓN DEL SETENTA Y UNO, ESCUELA DR. ULISES ROJAS, CENTRO COMERCIAL UNO Y DOS CENTRAL DE AUTOBUSES EXTRAURBANOS, LOCALES DEL SÓTANO Y PARTE SUPERIOR DEL PARQUE CENTRAL JOSÉ IGNACIO JUÁREZ, Y OTROS, solicitando en esta oportunidad que si fuera posible que se conceda por dos meses a partir de la fecha de publicación del presente acuerdo, ya que las personas jurídicas e individuales no han podido cumplir con el pago de rentas de locales, cancelación de arbitrios de vehículos etc. Por lo anterior se deja a consideración de los señores del Concejo Municipal para lo que tengan a bien disponer ACUERDO NÚMERO. 015-2018. El Honorable Concejo Municipal, del municipio de San Marcos CONSIDERANDO Que corresponde con exclusividad al Concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos conforme a la disponibilidad de recursos. CONSIDERANDO: Que el concejo municipal podrá resolver, con el voto favorable de sus integrantes que lo integran la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale y con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3, 5, 6, 33, 35, incisos a, i, n, 38, 40, 42, 67,72, inciso e, 101,105,107, del Código Municipal Decreto 12-2002. CONSIDERANDO Que debido a la situación económica por la que atraviesa la población en general en este municipio y con el propósito de descargar la cartera de morosidad en un buen porcentaje en el pago de multas y recargos por falta de pagos de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre y cuanto se de la buena voluntad de parte de los interesados y contribuyentes acogerse a la amnistía, por lo que es procedente tomar las acciones y facultades que se estimen convenientes y necesarias. POR TANTO: Este Honorable Concejo Municipal del municipio del departamento de San Marcos, con fundamento en los considerado y los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3, 5, 6, 33, 35, incisos a, i, n, 38, 40, 42, 67, 72, inciso e, 101, 105, 107, del Código Municipal Decreto 12-2002.

ACUERDA

 
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