ACUERDO  COM-05-2018

Se Acuerda Exonerar Las Multas Administrativas Impuestas Por La Superintendencia De Transporte Público Colectivo Urbano -STP-, Dependencia De La Empresa Municipal De Transporte De La Ciudad De Guatemala Y Sus Áreas De Influencia Urbana -EMT-.


ACUERDO COM-05-2018


El CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios son instituciones autónomas, que entre otras funciones les corresponde atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus propios fines, debiendo para el efecto, emitir las ordenanzas, acuerdos y reglamentos respectivos.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala, ningún organismo del Estado está facultado para eximir de tasas o arbitrios municipales a personas individuales o jurídicas, salvo las propias municipalidades y lo que al respecto establece la Constitución Política de la República de Guatemala.


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 105 del Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, se establece: "Ningún organismo del Estado está facultado para eximir de pago de arbitrios o tasas a las personas individuales o jurídicas contribuyentes, salvo la propia municipalidad y lo que al respecto establece la Constitución Política de la República. El Concejo Municipal podrá resolver, con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes del total de los miembros que lo integran, la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale".


POR TANTO

En uso de las facultades legales que le confieren los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35 literal a) y literal i); 42,67 y 68 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas.


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