ACTA MUNICIPAL  60-2017.7

Reglamento Para El Uso De Las Instalaciones Del Estadio Municipal Santa María, Del Municipio De Santa María Cahabón

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SANTA MARIA CAHABON DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ:


CERTIFICA:

QUE HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DE CONCEJO, EN USO, EN EL QUE SE ENCUENTRA EL ACTA NUMERO 60-2017 DE FECHA 25 DE JULIO DEL DOS MIL DIECISIETE QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE: SÉPTIMO: El señor Alcalde Municipal Mariano Caal Choc, procede a informar al Honorable Concejo Municipal, que en virtud de la falta de reglamentación para el uso del estadio Municipal Santa María con el propósito de su conservación es necesario que se proceda a analizar y discutir el reglamento previamente elaborado y revisado por los asesores y el personal del Servicios Públicos no sin antes entregarles una copia a cada miembro del Concejo para su análisis. El honorable Concejo Municipal luego de analizar y discutir el reglamento para el uso de las instalaciones del Estadio Municipal Santa María y:


CONSIDERANDO:

Que el Estadio Municipal de futbol Santa María es un bien inmueble que se debe preservar para el bien común, tanto social, cultural y deportivo y que para ello es necesario definir normas que garanticen el uso adecuado del mismo y esto permita mantener en óptimas condiciones sus instalaciones.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 5 del Código Municipal establece; Servicio a los intereses públicos. Los Municipios y otras entidades locales sirven a los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia. Descentralización, desconcentración y participación comunitaria, con observancia del ordenamiento jurídico aplicable.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 del Código Municipal establece entre las atribuciones del de Concejo Municipal en su inciso a: La iniciativa, deliberación, y decisión de los asuntos municipales.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 9 del Código Municipal establece: que el Concejo Municipal es el Órgano Colegiado Superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales, cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables por la toma de decisiones y tiene su sede en la cabecera de la circunscripción municipal.


POR TANTO:

Con base a lo Considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33, 35, 38, 39, 40, 41 y 42 del Código Municipal, por unanimidad de criterios y con el voto favorable de la totalidad de sus miembros Acuerda: I.- Emitir y aprobar el siguiente reglamento para el uso de las instalaciones del Estadio Municipal Santa María, del Municipio de Santa María Cahabón, Alta Verapaz.


REGLAMENTO PARA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEL ESTADIO MUNICIPAL SANTA MARIA,
DEL MUNICIPIO DE SANTA MARIA CAHABON

 
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