ACUERDO GUBERNATIVO  267-2017

Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos De La Agencia Nacional De Alianza Para El Desarrollo De Infraestructura Económica -Anadie-, Para El Ejercicio Fiscal Comprendido Del Uno De Enero Al Treinta Y Uno De Diciembre De Dos Mil Dieciocho.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 267-2017

Guatemala, 15 de diciembre de 2017


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.


CONSIDERANDO

Que el Consejo Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Conadie-, con base en lo que establece la literal i) del Artículo 13), del Decreto número 16-2010 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica, emitió la Resolución contenida en el punto Cuarto del Acta número 07-2017 de fecha 13 de julio de 2017, que aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica -Anadie-, para el ejercicio fiscal dos mil dieciocho, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.


CONSIDERANDO

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y que se cuenta con el Dictamen número 756 del 14 DIC 2017, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución número 425 I del 14/12/2017, del Ministerio de Finanzas Públicas.


POR TANTO

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en la literal e), Artículo 183; y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.


ACUERDA

 
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