ACUERDO 86-2017
Se modifica el artículo 1 del acuerdo 40-2017 de la Corte Suprema De Justicia.
ACUERDO NÚMERO 86-2017
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones pertinentes para hacer efectivo y eficaz el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales creados.
CONSIDERANDO
Que el 5 de junio de 2017, se suscribió entre el Organismo Judicial, Ministerio Público y el Instituto de la Defensa Pública Penal, nuevo Acuerdo Interinstitucional para la aplicación de los Procedimientos para Delitos Menos Graves por los Juzgados de Paz, determinándose la implementación de cuatro fases más, denominadas segunda, tercera, cuarta y quinta fase.
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo número 40-2017 de la Corte Suprema de Justicia, se reguló la implementación del procedimiento para delitos menos graves en los Juzgados de Paz, de manera progresiva, y por razones ajenas al Organismo Judicial, no será posible implementar la tercera fase en la fecha establecida,razón por la cual se hace necesario realizar las modificaciones al Acuerdo anteriormente indicado.
POR TANTO
La Corte Suprema de Justicia, con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203, 205 y 207 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 53, 54 literales a) y f), 57, 58, 74, y 77 de la Ley del Organismo Judicial e integrada como corresponde,
ACUERDA
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