ACTA MUNICIPAL  65-2017.3

Se acuerda Aprobar la aplicación de procedimientos de valuación establecidos en el Manual de Valuación Inmobiliaria, autorizado por el Ministerio de finanzas Públicas.


ACTA NÚMERO 65-2017 PUNTO TERCERO

El Infrascrito Secretario Municipal de la Municipalidad de La Antigua Guatemala, departamento de Sacatepéquez.

CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el libro de actas del Concejo Municipal, en el cual aparece el Acta Número sesenta y cinco guión dos mil diecisiete (65-2017) de fecha diecinueve de junio del dos mil diecisiete, punto tercero. Que, en el cual aprobó emitir el acuerdo municipal para establecer el factor de descuento al setenta y cinco por ciento (75%).


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA ANTIGUA GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Ministerial Número MINFIN-17-97, de fecha cuatro de abril de mil novecientos noventa y siete, emitido por el Ministerio de Finanzas Públicas; la Municipalidad de La Antigua Guatemala administra el Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI- a partir de su publicación en el Diario Oficial de Centroamérica el treinta de abril del mismo año.

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Finanzas Públicas mediante acuerdo Ministerial número 21-2005 de fecha nueve de septiembre del dos mil cinco, autorizó el Manual de Valuación Inmobiliaria formulado por la Dirección de Catastro y Avalúos de Bienes Inmuebles-DICABI- de ese Ministerio.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles -IUSI- Decreto No. 15-98, el Concejo Municipal debe aprobar los procedimientos para que se pueda realizar valuación directas de los inmuebles del Municipio, tomando como base el Manual de Valuación Inmobiliaria, con la finalidad de consolidar un régimen de legalidad basado en la justicia y equidad tributaria en relación con los valores de la tierra y de la construcción, de conformidad con los estudios que se derivan de las zonas homogéneas físicas y económicas, así como la tipología constructiva de los bienes inmuebles dentro de esta circunscripción Municipal.


CONSIDERANDO:

Que corresponde al Concejo Municipal fijar el factor de descuento dentro de los parámetros de porcentaje establecidos en el Manual de Valuación Inmobiliaria, descuento que se aplicará sobre el valor de la tierra y de la construcción basados en los estudios sobre zonas homogéneas y tipologías constructivas, realizado por la -DEPENDENCIA- que administra el impuesto Único Sobre Inmuebles de la Municipalidad de La Antigua Guatemala.


POR LO TANTO:

En el ejercicio de las facultades que le confiere los artículos 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala; los artículos 3, 9, 33, 35, 70, 90, 100, 101 y 106 del Código Municipal, Decreto número 12-2002; y los artículos 1, 2 literal d), 4, 5 numeral 2, 16, 30 de la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles, Decreto número 15-98, ambos del Congreso de la República; Acuerdo Ministerial número 21-2005, que contiene el Manual de Valuación Inmobiliaria, aprobado por el Ministerio de Finanzas Públicas, el nueve de septiembre del dos mil cinco.


ACUERDA

 
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