ACUERDO GUBERNATIVO 184-2017
Se acuerda aprobar la ampliación del presupuesto de ingresos del Instituto Nacional de Estadística (INE), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2017, en la cantidad de (Q.8,551,302).
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 184-2017
Guatemala, 18 de agosto de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Estadística (INE), solicitó autorización para una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Diecisiete, en la cantidad de OCHO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DOS QUETZALES (Q8,551,302), aprobada por la Junta Directiva de esa Entidad mediante Resolución JD INE 21-28-2017 de fecha 21 de julio de 2017, con el propósito de incorporar ingresos corrientes de la Administración Central, destinados a cubrir la segunda fase del Censo Nacional del Recurso Humano y Personas que presten sus Servicios Técnicos y/o Profesionales en las Instituciones que conforman el Organismo Ejecutivo y sus Entidades Descentralizadas, en los Municipios del Departamento de Guatemala, de conformidad con lo indicado en el Acuerdo Gubernativo número 180-2016 de fecha 12 de septiembre de 2016.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, y su Reglamento, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que al tenor de lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto Nacional de Estadística (INE), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la correcta utilización de los créditos aprobados con el presente Acuerdo;
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen número 113 de fecha 8 AGO 2017, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, y la Resolución número 230 de fecha 09/08/2017, del Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q), y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;
ACUERDA:
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