ACUERDO GUBERNATIVO 182-2017
Se Prorroga por un mes más el plazo de vigencia del Acuerdo Gubernativo Número 82-2017 de fecha 4 de mayo de 2017.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 182-2017
Guatemala, 17 de agosto de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que en Acuerdo Gubernativo Número 82-2017 de fecha 4 de mayo de 2017, se otorgó exoneración a los contribuyentes, total o parcialmente de las multas, mora, intereses o recargos, por los períodos impositivos terminados antes del 1 de enero de 2017, siempre que se pague el cien por ciento (100%) de los impuestos que se adeuden a la Administración Tributaria, o bien por el cumplimiento de sus obligaciones formales.
CONSIDERANDO
Que al subsistir los motivos que dieron lugar a la emisión del Acuerdo Gubernativo relacionado, y para garantizar el deber constitucional de cumplir con las obligaciones y responsabilidades tributarias y lograr que se haga de forma voluntaria ante una Administración Tributaria comprometida a establecer una cultura de legalidad y permitir a los contribuyentes o responsables solventar sus obligaciones pendientes de pago, en que hayan incurrido por el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, se hace necesario prorrogar el plazo de la vigencia así como el plazo establecido en el numeral 3 del artículo 1 del referido Acuerdo Gubernativo.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e), q) y r) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 3 numeral 2 y 97 del Decreto Número 6-91 del Congreso de la República de Guatemala, Código Tributario.
ACUERDA
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