ACTA MUNICIPAL  3-2017.33

Reglamento De Desechos Sólidos Del Municipio De Nuevo San Carlos, Retalhuleu

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE NUEVO SAN CARLOS, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.


CERTIFICA:

QUE PARA EL EFECTO SE TUVO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES ORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL EL CUAL SE LLEVA EN ESTA OFICINA, DONDE SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NUMERO TRES GUIÓN DOS MIL DIECISIETE DE FECHA 13 DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. Y QUE COPIADO LITERALMENTE SU PUNTO CONDUCENTE DICE:

TRIGESIMO TERCERO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE NUEVO SAN CARLOS, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final, y que en el municipio de Nuevo San Carlos es necesario regular la prestación de este servicio.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso a) 72, 73, 74, 75,100 y 101 del Código Municipal.


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO DE DESECHOS SOLIDOS DEL MUNICIPIO DE NUEVO SAN CARLOS, RETALHULEU


CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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