ACUERDO GUBERNATIVO 60-2017
Se reforma el artículo 1. del acuerdo gubernativo 255-2014 de fecha 06 de agosto de 2014.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 60-2017
Guatemala, 10 de abril de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros los de dominio público. Asimismo, la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que dentro del expediente 2012-15636 (Ref. M-860-2009) de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, consta que es procedente reformar el artículo 1. del Acuerdo Gubernativo Número 255-2014 de fecha 6 de agosto de 2014, con el objeto de consignar correctamente el área a unificar a favor del Estado de las fincas urbanas números 3318 y 3319, folios 243 y 244 ambas del libro 38 de Escuintla, la cual asciende a la cantidad de 3,856.4747 metros cuadrados, conforme el plano autorizado por la Arquitecta Leslin A. Cuyan Acevedo, colegiada número 3,107, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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