ACTA MUNICIPAL  4-2017.8

Reglamento para la prestación de servicio de transporte de pasajeros y carga en el municipio de Masagua, del departamento de Escuintla


El Infrascrito Secretario Municipal, del Municipio de Masagua, del Departamento de Escuintla.


CERTIFICA:

Que, para el efecto ha tenido a la vista las hojas movibles para acta de Sesiones Municipales, en el cual se encuentra inscrita el Acta Número: 04-2017, de la Sesión Pública Ordinaria, celebrada por el Concejo Municipal, de fecha veinticinco de enero del año dos mil diecisiete (25/01/2017); que en su punto octavo que copiado literalmente; dice: OCTAVO: El Concejo Municipal por Unanimidad ACUERDA: I) APROBAR EL REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA EN EL MUNICIPIO DE MASAGUA, DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA. CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional, los Municipios de la República de Guatemala, son instituciones, autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de regular el ordenamiento territorial, el control urbanístico y el cumplimiento de los fines propios;


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus Artículos 1 y 2, que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona, que su fin supremo es la realización del bien común y que es deber garantizar a los habitantes de la República, la vida, libertad y seguridad.


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, en el Artículo 131 establece que, por la importancia económica en el desarrollo del país, reconoce de utilidad pública y por lo tanto goza de la protección del Estado, todos los servicios de transporte comercial y turístico terrestres, dentro de los cuales quedan comprendidos los vehículos, instalaciones y servicios.


CONSIDERANDO:

Que son competencias propias del Municipio delegadas en la Municipalidad, la regulación del transporte de pasajeros y de carga y sus terminales locales.


CONSIDERANDO:

Que la municipalidad de Masagua, del departamento de Escuintla, por medio de la comisión de Transporte, Juzgado de Asuntos Municipales, en coordinación con la Policía Municipal, Policía Municipal de Transito, la Policía Nacional Civil, u otra autoridad competente velarán por el funcionamiento del transporte y uso adecuado de las vías de circulación vehicular y peatonal con base al presente reglamento.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que les confieren los artículos: 1, 2, 3, 4, 5, 26, 101, 121 literal, a, b, c, 130, 131, 253, 254, 255, 260, y 261 de la Constitución Política de la República, 1, 2, 3, 33, 35, inciso b, 42, 67, 68, incisos d; 72, 100, 101, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 160, 161 del Decreto Legislativo número 12-2,002 Código Municipal, por UNANIMIDAD, ACUERDA: Emitir el siguiente


REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y CARGA EN EL MUNICIPIO DE MASAGUA, DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA.


Capítulo I.
OBJETO DEL PRESENTE REGLAMENTO

 
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