ACUERDO MINISTERIAL  35-2017

Prórroga a Contratos Abiertos Celebrados Por la Dirección Normativa De contrataciones y Adquisiciones Del Estado Para El Suministro De Material Medico Quirúrgico Menor, Paquete (1), oferta de Precios DNCAE No. 02-2011.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 35-2017

Guatemala, 19 de enero de 2,017


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Asimismo, en sus artículos 94 y 95 establece que es deber del Estado velar por la asistencia social y la salud de todos los habitantes, considerada ésta última como un bien público.


CONSIDERANDO

Que la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, llevó a cabo el Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero dos guión dos mil once (DNCAE No. 02-2011), para suministro y adquisición de MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO MENOR (DISPOSITIVOS MÉDICOS), PAQUETE UNO (1), que incluye JERINGAS Y AGUJAS; GUANTES; APÓSITOS; ADHESIVOS; DISPOSITIVOS PARA ANESTESIA Y ASISTENCIA VENTILATORIA; MATERIAL PARA EXAMEN CLÍNICO Y ÁREAS DE ATENCIÓN; VENDAS DE GASA, requeridos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Ministerio de la Defensa Nacional. Sin embargo, dichos contratos se encuentran próximos a vencer y a la fecha no se han culminado los nuevos eventos de MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO MENOR por parte de las entidades requirentes; por lo que el Ministerio de Finanzas Públicas, en cumplimiento con lo establecido en la Constitución Política de la República en cuanto a velar por la asistencia social y la salud, considera imperativo realizar la prórroga de los contratos dentro del evento relacionado con el propósito de evitar el desabastecimiento de estos productos en el sector de salud.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en los artículos 27 literales a) y m), 35 literal t) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 46, 46 Bis literal i) y 51 del Decreto número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado y artículo 21 transitorio del Decreto 46-2016, ambos del Congreso de la República de Guatemala; artículo 43 del Acuerdo Gubernativo número 122-2016, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.


ACUERDA

 
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