ACUERDO GUBERNATIVO  244-2016

Se acuerda aprobar el Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola (Indeca) para el Ejercicio Fiscal del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 244-2016

Guatemala, 15 de diciembre de 2016


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola (Indeca), con base en lo que establece el numeral 4), Artículo 13 del Decreto número 101-70 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola (Indeca), emitió el punto séptimo del Acta de Junta Directiva número 02-2016, del 31 de mayo de 2016, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Institución para el Ejercicio Fiscal 2017, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen número 720 del 12 DIC 2016, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución número 397 del 13/12/2016 del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en la literal e), Artículo 183; y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley;


ACUERDA:

 
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