ACUERDO MINISTERIAL  213-2016

Se acuerda Crear El Componente De Trazabilidad Acuícola (Sinat-A-Gt)


ACUERDO MINISTERIAL No. 213-2016

Edificio Monja Blanca: Guatemala, 24 de noviembre de 2016


EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN

CONSIDERANDO:

Que es de estricto interés del Estado y de interés general, que todos los habitantes tengan derecho a consumir alimentos higiénicos y de aceptable calidad, para lo cual corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación y demás dependencias del sector, dentro de su ámbito de competencia, garantizar a través de acciones de prevención, control y erradicación de enfermedades de importancia cuarentenaria. También, contar con los instrumentos legales que regulen acciones para la planificación y ejecución de programas, campañas de prevención, control y erradicación de enfermedades. Asimismo, es urgente e impostergable ante la globalización de la economía mundial, establecer disposiciones legales a fin de evitar la diseminación de estas en el territorio nacional.


CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) define la identificación y trazabilidad de los animales, como herramientas destinadas a mejorar la sanidad animal (incluidas la zoonosis) y la seguridad sanitaria de los alimentos, ya que la Importancia de la trazabilidad radica en que su práctica se relaciona con la protección y preservación de la salud humana, la sanidad de los animales constituyéndose, por sus implicaciones en un tema de interés y seguridad alimentaria, congruentes a las disposiciones enunciadas en el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (AMSF), de la Organización Mundial de Comercio (OMC) lo que hace necesario emitir la siguiente disposición.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y de conformidad con lo que establecen los artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97; 1, 2, 6, 20 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal. Decreto número 36-98; 1, 4, 7, 14, 15 del Reglamento Orgánico interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación. Acuerdo Gubernativo número 338-2010.


ACUERDA:


CREAR EL COMPONENTE DE TRAZABILIDAD ACUÍCOLA (SINAT-A-GT)

 
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