ACTA MUNICIPAL  97-2016.4

Suspende temporalmente en el casco urbano la circulación de los vehículos pesados y especiales en la municipalidad de San José Pinula, Departamento de Guatemala.


ACTA NÚMERO 97-2016 PUNTO CUARTO


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ PINULA DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA


CERTIFICA:

Que para el efecto tuvo a la vista el libro de Actas de Sesiones Municipales del Honorable Concejo Municipal de este Municipio, en uso, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, en el cual se encuentra el Acta Número NOVENTA Y SIETE GUIÓN DOS MIL DIECISEIS (97-2016), de la sesión pública ordinaria de fecha QUINCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS, en la cual aparece el punto CUARTO resolutivo que transcrito literalmente establece:


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JOSE PINULA DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.


CONSIDERANDO:

Que el Código Municipal, establece: "ARTICULO 3. Autonomía. En ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República garantiza al municipio, éste elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas, el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos...".


CONSIDERANDO:

Que el día cuatro de diciembre del presente año, se estará llevando a cabo la quinta edición del Gran Desfile Hípico Nacional, en las principales calles y avenidas del casco urbano de este municipio.


CONSIDERANDO:

Que el Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y decisión de los asuntos municipales y estando dentro de sus facultades estima pertinente suspender temporalmente la circulación de vehículos pesados y especiales, con el fin de mantener un ordenamiento vial y garantizar la libre circulación vehicular y peatonal dentro del casco urbano de este municipio.

POR TANTO:

En base a lo considerado y lo que para el efecto establecen los Artículos: 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 3, 6, 9, 33, 35, 67, 142, del Código Municipal este Concejo Municipal al resolver por unanimidad


ACUERDA:

 
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