PUBLICACIONES VARIAS  18-10-2016

Crear el cuerpo de la Policía Municipal del Municipio de Ocos, Departamento de San Marcos.

CREAR EL CUERPO DE LA POLICÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE OCOS,
DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.


EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE OCOS, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 del Código Municipal, en su inciso v), establece que dentro de las atribuciones generales del Concejo Municipal, está la creación del cuerpo de Policía Municipal.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 79 del Código Municipal, establece que el municipio tendrá, si lo estima conveniente y cuenta con los recursos necesarios, un cuerpo de policía municipal, bajo las órdenes del Alcalde. Se integrará conforme a sus necesidades, los requerimientos del servicio y valores, principios, normas y tradiciones de las comunidades. En el ejercicio de sus funciones, la Policía Municipal observará las leyes de la República y velará por el cumplimiento de los acuerdos, reglamentos, ordenanzas y resoluciones emitidas por el Concejo Municipal y el Alcalde, respetando los criterios básicos de las costumbres y tradiciones propias de las comunidades del municipio. Un reglamento normará su funcionamiento.


CONSIDERANDO:

Que es necesario que el municipio de Ocós, del departamento de San Marcos, cuente con un mejor ordenamiento, y a la vez vele por el patrimonio municipal, opta por crear la policía municipal, la cual también estará al servicio de la comunidad.


POR TANTO:

Con fundamento en los antes considerados y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República; artículos 3, 9, 35 incisos a), i), v), 53 inciso h), 68 inciso h), 72, 99, 100 y 101 del Código Municipal, Decreto número 12-2002 y sus Reformas Decretos 22-2010 y 14-2012 todos del Congreso de la República de Guatemala, y de conformidad con el acta de sesión pública extraordinaria número cero cero ocho guión dos mil dieciséis, en su punto tercero, de fecha veintiocho de junio del año dos mil dieciséis, del Honorable Concejo Municipal, por unanimidad:


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