ACUERDO 274-2016
Reglamento de voto en el extranjero.
ACUERDO NÚMERO 274-2016
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal Supremo Electoral es la máxima autoridad en materia electoral. Es independiente y de consiguiente, no supeditado a organismo alguno del Estado;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, establece que se instituye el derecho de voto en el extranjero a los ciudadanos guatemaltecos de conformidad con la Ley Electoral y de Partidos Políticos, para elegir al Presidente y Vicepresidente;
CONSIDERANDO:
Que la precitada norma, regula que este Tribunal debe realizar las acciones necesarias para garantizar dicho derecho, con el apoyo de las instituciones del Estado a las que les sea requerido, debiendo emitir el reglamento específico que regule todo lo relativo a la implementación del voto de los ciudadanos guatemaltecos en el extranjero, asimismo, el artículo 67 del Decreto 26-2016 del Congreso de la República, establece que el referido voto debe implementarse a partir de las elecciones de dos mil diecinueve, por lo que es necesario dictar la disposición que corresponde;
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos: 1,12,121, 125,130,131, 132,142 y 144 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto Número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas),
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE VOTO EN EL EXTRANJERO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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