ACUERDO GUBERNATIVO  154-2016

Se acuerda aprobar la ampliación al Presupuesto de Ingresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (ANADIE), para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Dieciséis.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 154-2016

Guatemala, 8 de agosto de 2016


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que la Agenda Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (ANADIE), solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Dieciséis, con el propósito de cubrir diferentes gastos que le permitan concluir estudios de estructuración de los proyectos: Centro Administrativo del Estado CAE/Plaza Gobierno, Puerto Seco Intermodal Tecún Umán II, Modernización del Aeropuerto Internacional La Aurora, Autopista Escuintla-Puerto Quetzal, libramiento a la Ciudad de Guatemala a través de la Interconexión CA-09 Norte - CA-01 Oriente, Libramiento Antigua Guatemala y Tren de Cercanías / Metroriel e Interconexión Vial de la Ciudad de Guatemala;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, establece que las modificaciones y transferencias de los presupuestos de las entidades descentralizadas, se realizarán por medio de Acuerdo Gubernativo cuando se amplíe o disminuya el presupuesto de las citadas entidades, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13,29 y 29 Bis el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación presupuestaria no obliga a la realización de los gastos y .las autoridades de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (ANADIE), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados en el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 372 de fecha 2 6 JUL 2016 , emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 189 de fecha 28/07/2016, del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren las literales e) y q) del Artículo número 183, de la Constitución Política de la República de Guatemala; el Artículo 41 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; y el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley,


ACUERDA:

 
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