RESOLUCIÓN  JM-62-2016

La Junta Directiva emite el Reglamento de Gobierno Corporativo


JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-62-2016

Inserta en el punto cuarto del acta 33-2016, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 3 de agosto de 2016.

PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva a consideración de la Junta Monetaria el proyecto de Reglamento de Gobierno Corporativo.

RESOLUCIÓN JM-62-2016. Conocido el oficio número 9744-2016 del Superintendente de Bancos, del 15 de julio de 2016, al que se adjunta el dictamen número 32-2016 de la Superintendencia de Bancos, por medio del cual eleva a consideración de esta junta el proyecto de Reglamento de Gobierno Corporativo.


LA JUNTA MONETARIA:

CONSIDERANDO: Que es necesario promover la cultura de gobierno corporativo en los bancos y en las empresas que integran grupos financieros, de tal forma que dichas instituciones implementen prácticas sanas y eficientes, conforme los estándares internacionales en la materia, que coadyuven a la gestión efectiva de sus actividades, al fortalecimiento de los niveles de confianza del mercado, a la protección y trato equitativo de los intereses de accionistas, depositantes y clientes en general y a la estabilidad del sistema financiero; CONSIDERANDO: Que dentro de los Principios Básicos para una Supervisión Bancaria Eficaz del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, el Principio 14, sobre Gobierno Corporativo, prescribe que el supervisor determina que los bancos y grupos bancarios cuentan con sólidas políticas y procesos en materia de gobierno corporativo que abarcan, entre otros, la dirección estratégica, la estructura de grupo y organizativa, el entorno de control, las atribuciones del Consejo y la alta dirección, asi como las retribuciones. Estas políticas y procedimientos están en consonancia con el perfil de riesgo y la importancia sistémica del banco; CONSIDERANDO: Que en atención a lo dispuesto en los artículos 55 y 56 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros, es indispensable que las instituciones supervisadas cuenten con las mejores prácticas de gobierno corporativo, que incluyan las responsabilidades entre sus diferentes órganos de dirección y administración, tales como el Consejo, la alta gerencia y los accionistas, como un fundamento esencial de los procesos integrales de administración de riesgos, a efecto de implementar tales prácticas; CONSIDERANDO: Que el articulo 57 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros preceptúa que los bancos y las empresas que integran grupos financieros deben mantener un sistema de control interno adecuado a la naturaleza y escala de sus negocios; CONSIDERANDO: Que el sistema de control interno es un elemento fundamental para que las operaciones y registros se lleven a cabo de manera segura y confiable y a la vez constituye un pilar para la implementación del gobierno corporativo, por lo que es necesario establecer los elementos mínimos del sistema de control interno, así como el papel de la auditoría interna en dichos procesos; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al análisis efectuado en el dictamen número 32-2016 de la Superintendencia de Bancos, en el mismo se concluye que es necesario emitir reglamentación relacionada con la implementación de prácticas de gobierno corporativo alineadas con estándares internacionales,


POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 133 de la Constitución Política de la República; 26, inciso 1, de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala; 55, 56, 57 y 129 de la Ley de Bancos y Grupos Financieros; y tomando en cuenta el oficio número 9744-2016 y el dictamen número 32-2016, ambos de la Superintendencia de Bancos,


RESUELVE:

 
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