ACUERDO MINISTERIAL  125-2016

Se acuerda que corresponde a la administración del cementerio nacional del municipio de Guatemala, El cementerio general, cementerio la Verbena, Cementerio Villa de Guadalupe y el Cementerio de las Tapias.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 125-2016

Guatemala, 15 de abril de 2016


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que cada ministerio estará a cargo de un ministro de Estado, quien tendrá las funciones de ejercer jurisdicción sobre todas las dependencias de su ministerio; dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su ministerio y velar por el estricto cumplimiento de las leyes, la probidad administrativa y la correcta inversión de los fondos públicos en los negocios confiados a su cargo;


CONSIDERANDO:

Que los principios que rigen la función administrativa, de conformidad con la Ley del Organismo Ejecutivo, es que el fin supremo del Estado es el bien común y las funciones del organismo Ejecutivo han de ejercitarse en orden a su consecución y con arreglo a los principios, entre otros, la transparencia, probidad, eficacia, eficiencia, y descentralización, entendida ésta como un proceso mediante el cual se transfiere poder de decisión, la titularidad de la competencia, las funciones y prestación de servicios públicos a entidades públicas; así como las atribuciones de los ministros de desconcentrar y descentralizar las funciones y servicios públicos que correspondan a su ramo, y en su caso, delegar las funciones de gestión administrativa, ejecución y supervisión de conformidad con la ley y dictar los acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con el despacho de los asuntos de su ramo, conforme la ley;


CONSIDERANDO:

Que el Código de Salud establece que la administración de los cementerios de la República estará a cargo de las municipalidades, función que podrá concesionar a entidades privadas; las municipalidades podrán autorizar también la construcción e instalación de nuevos cementerios así como la ampliación y cierre de los mismos, previo dictamen del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, actualmente Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, siendo lo anterior de interés para el Estado con efectos sociales, se hace necesario emitir el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO

Que actualmente la administración de los cementerios nacionales de la ciudad capital está a cargo de la autoridad denominada Administrador del Cementerio Nacional, que comprenden: 1) Cementerio General; 2) Cementerio La Verbena; 3) Cementerio Villa de Guadalupe; y, 4) Cementerio de las Tapias; no obstante que al entrar en vigencia el Código de Salud se estableció que la administración de los cementerios de la República corresponden a las municipalidades;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 194 literales a), f) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 4, 27 literal a), d), y m) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 113 del Decreto número 90-97, Código de Salud, ambos del Congreso de la República de Guatemala;


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 7,590 veces.
  • Ficha Técnica: 165 veces.
  • Imagen Digital: 162 veces.
  • Texto: 156 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 15 veces.
  • Formato Word: 15 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu