ACUERDO GUBERNATIVO  786-85

Se otorga en propiedad a favor del Instituto de Previsión Militar, la fracción de terreno desmembrada de la finca nacional Los Cipresales.


ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 786-85


EL JEFE DE ESTADO


CONSIDERANDO:

Que el Ejército de Guatemala, es la Institución responsable de salvaguardar y mantener la independencia, la soberanía y el honor de la Nación, la integridad de su territorio y la paz de la República;


CONSIDERANDO:

Que el Instituto de Previsión Militar, es la Institución destinada a la atención de las necesidades de seguridad social en el orden militar, lo que hace necesario dotarlo de los medios que le faciliten el cumplimiento de sus fines específicos y con ello coadyuvar con la Institución Armada, en el cumplimiento de su Alta Misión.


POR TANTO,

En el ejercicio de la facultad que para el efecto le confiere el artículo 49 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos Leyes 33-82 y 87-83; y con fundamento en lo preceptuado en los artículos 89 del citado Estatuto Fundamental; 1° y 2° del Decreto Ley 76-84; 19 y 29 del Decreto 35-80 del Congreso de la República, Ley de Compras y Contrataciones y 19 literal “D” de su Reglamento; y artículo 19 del Acuerdo Gubernativo de fecha 28 de junio de 1961,


ACUERDA:

 
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