ACUERDO GUBERNATIVO  103-2016

Se acuerda desmembrar a favor del Estado dos fracciones de terreno.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 103-2016

Guatemala, 26 de mayo de 2016


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente número 2014-22684, opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Cultura y Deportes, de dos fracciones de terreno con un área de 2368.3836 y 1390.7454 metros cuadrados que forman parte de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 53879, folio 54 del libro 278 de Quetzaltenango; así como la adscripción de la finca rústica inscrita en el Segundo Registro de la Propiedad bajo el número 14089, folio 50 del libro 46 de Bienes de la Nación, ambas propiedad de la Nación; para el funcionamiento del área deportiva, parque recreativo y parque infantil de la Colonia La Democracia, zona 8, del municipio y departamento de Quetzaltenango, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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