ACTA MUNICIPAL  21-2016

Se acuerda Conceder por esta única vez rebaja en el pago de las multas de tránsito impuestas por intermedio del Juzgado de Asuntos Municipales y Tránsito del municipio de Santa Catarina Pinula.


PUNTO 16°, ACTA NÚMERO 21 -2016

SESIÓN ORDINARIA, DE FECHA 19 DE MAYO DEL AÑO 2016


CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Santa Catarina Pinula, por intermedio del Juzgado de Asuntos Municipales y de Tránsito, ha impuesto a las personas, conductores y propietarios de vehículos, multas por no haber observado, violado o incumplido las disposiciones de la Ley de Tránsito y su Reglamento,


CONSIDERANDO:

Que las multas como parte de los ingresos del municipio, pueden ser condonadas o rebajadas como una facultad propia y expresa que la ley le otorga al Concejo Municipal, teniendo como supuestos jurídicos que tal decisión sea tomada con el voto favorable de las dos terceras (2/3) partes del total de los miembros que lo integran, y que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale; en ese sentido y cumpliendo con lo que establece el artículo 105 del Código Municipal, es procedente emitir la disposición legal a través de la cual se rebaje en un cincuenta por ciento (50%) el monto de las multas impuestas y se exonere del pago de los intereses por mora que se hayan generado de las mismas al no haber sido canceladas por los infractores dentro del plazo que señala la ley de Tránsito y su Reglamento, señalando un plazo determinado de vigencia para su debido cumplimiento.


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3, 35, 100, 101, 105, 106 del Código Municipal, 45 de la Ley de Tránsito 188 y 189 de su Reglamento:


ACUERDA:

 
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