ACUERDO MINISTERIAL 185-2016
Se acuerda reconocer la personalidad jurídica y la aprobación de los estatutos de la FUNDACIÓN GREMIAL DE PROFESIONALES, la cual se abrevia FUNDAGREP.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 185-2016
Guatemala, 13 de abril de 2016
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, reconoce el derecho de libre asociación y que nadie está obligado a asociarse ni a formar parte de grupos o asociaciones de autodefensa o similares, exceptuando únicamente el caso de la colegiación profesional.
CONSIDERANDO:
Que a este Ministerio, se presentó la solicitud para obtener el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de estatutos de la FUNDACIÓN GREMIAL DE PROFESIONALES, la cual se abrevia FUNDAGREP, y del análisis del expediente respectivo, se determinó que se cumplieron con los requisitos de ley y las directrices dictadas por este Ministerio; asimismo, la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio emitió dictamen favorable, el cual contó con el visto bueno de la Procuraduría General de la Nación, por lo que es procedente dictar la disposición legal correspondiente.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literal m) y, 36 literal b) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 15 numeral 2, 20, y, 31 segundo párrafo del Código Civil, Decreto Ley 106; 3 del Acuerdo Gubernativo número 515-93 de fecha 6 de octubre del año 1993; y, 8 del Acuerdo Gubernativo número 512-98 de fecha 29 de julio del año 1998.
ACUERDA:
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