RESOLUCIÓN CNR-01-2016
Se amplía la reserva de la información relacionada a los testimonios o declaraciones de sobrevivientes, familiares y víctimas de violaciones a derechos humanos, sufridos durante el Enfrentamiento Armado Interno.
RESOLUCIÓN CNR-01-2016
CONSIDERANDO
Que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.
CONSIDERANDO
Que dentro de los valores fundamentales sobre los cuales se sustenta el Derecho Constitucional Guatemalteco, se encuentra el respeto a la vida, dignidad, y el principio de primacía de la persona humana.
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado garantizar la publicidad de los actos administrativos de conformidad con la Constitución Política de la República y la Ley de Acceso a la Información Pública, con las limitaciones, reservas y garantías de confidencialidad que el ordenamiento jurídico establecen.
CONSIDERANDO
Que mediante resolución PNR-01-2009 de fecha 21 de abril del año 2009, se clasificó como información reservada los testimonios o declaraciones de sobrevivientes, familiares y víctimas de violaciones a derechos humanos, sufridos durante el Enfrentamiento Armado Interno, suscitado en Guatemala en el período de 1960 al 29 de diciembre de 1996, por un período de siete años, el cual vence el 20 de abril de 2016.
CONSIDERANDO
Que la Ley de Acceso a la Información Pública establece la ampliación del período de reserva de la información clasificada como reservada, siempre y cuando persistan las causas que hubieren dado origen a su clasificación, por un período de cinco años más.
POR TANTO
La Comisión Nacional de Resarcimiento en cumplimiento a lo establecido en el artículo 30 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y el artículo 28 de la Ley de Acceso a la Información Pública.
RESUELVE
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