ACUERDO MINISTERIAL  119-2016

Se autoriza la prorroga del plazo de los contratos abiertos al publico correspondientes al concurso nacional de precios DNCAE No. 02-2012 el cual se extiende por nueve meses contados a partir del 10 de marzo del 2016.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 119-2016

Guatemala, 8 de abril de 2016


EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Asimismo, en sus artículos 94 y 95 establece que es deber del Estado velar por la asistencia social y la salud de todos los habitantes, considerada ésta última como un bien público.


CONSIDERANDO

Que la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, llevó a cabo el Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero dos guión dos mil doce (DNCAE No. 02-2012), con el objeto de adquirir "MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO MENOR (DISPOSITIVOS MÉDICOS), PAQUETE TRES (3), QUE INCLUYE CATÉTERES VASCULARES; MATERIAL CENTRAL DE EQUIPOS; MATERIAL PARA EXAMEN CLÍNICO; CATÉTERES Y DRENAJES TORÁCICOS; VENDAS DE YESO; VENDAS ELÁSTICAS Y OTROS DISPOSITIVOS COMPRESIVOS; MATERIAL DESCARTABLES PARA LABORATORIO; DISPOSITIVOS PARA VIDEO CIRUGÍA Y SUTURA MECÁNICA", requeridos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Ministerio de la Defensa Nacional. Sin embargo, para evitar el desabastecimiento de estos productos en el sector salud y por convenir a los intereses del Estado, a solicitud de los proveedores y de mutuo acuerdo con las entidades requirentes del Concurso, es necesario prorrogar el plazo de la vigencia de los Contratos Abiertos celebrados oportunamente-


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el articuló 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en los artículos 27 literales a) y m), 35 literal t) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 42, 46,46 Bis, 47, 48, 49 y 51 del Decreto número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 26 y 27 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.


ACUERDA

 
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