PUNTO RESOLUTIVO 3-2016
Se honra la memoria de todas las víctimas del conflicto armado interno.
PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 3-2016
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que el proceso de reconciliación nacional, entendido como un conjunto de acciones alrededor del interés nacional de la construcción de la paz, la democracia y el desarrollo de nuestro país, requiere también, entre otros, del reconocimiento y respeto a la dignidad de las víctimas del conflicto armado interno.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Número 06-2004, reformado por el Decreto Número 48-2008, señala en su artículo 1 que, "Se establece el 25 de febrero de cada año, como el “Día Nacional de la Dignidad de las Víctimas del Conflicto Armado Interno", debiéndose conmemorar tal fecha en instituciones autónomas y descentralizadas, establecimientos educativos y oficinas públicas y privadas, en la forma que se honre de mejor manera la memoria de las víctimas del conflicto armado interno. Los Ministerios de Cultura y Deportes y de Educación, en coordinación, deberán promover dichas actividades conmemorativas para que cumplan su cometido. El Ministerio de Educación deberá incluir en la currícula de educación primaria y secundaria las enseñanzas sobre las causas y consecuencias del enfrentamiento armado y del contenido de los Acuerdos de Paz."
POR TANTO:
En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 107 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República,
RESUELVE:
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