ACUERDO MUNICIPAL 01-2016
Reglamento que establece la exoneración del 100% de las multas del impuesto único sobre inmuebles en la jurisdicción de Flores, Petén.
ACUERDO MUNICIPAL No. 01-2016
El Honorable Concejo Municipal de Flores, del Departamento de El Petén,
CONSIDERANDO;
Que el articulo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que corresponde a los municipios emitir las ordenanzas y reglamentos para atender los servicios públicos locales y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que es necesario conceder una exoneración de carácter temporal de la multa del Impuesto Único sobre Inmuebles que la municipalidad administra desde el once de julio de mil novecientos noventa y siete para recaudar el impuesto de las matriculas de los contribuyentes que se atrasaron en el pago.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo que determinan los artículos 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 105 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala Código Municipal, el Concejo Municipal está facultado para resolver la condonación o la rebaja de multas y recargos por la falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los Artículos 253,254,255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 2,3,4,33,35, 42,99,100,101,105,107 del Decreto No.12-2002 del Congreso de la República de Guatemala Código Municipal; 1,3,4,8,9,11 del Decreto 15-98 del Congreso de la República de Guatemala Ley del impuesto Único sobre inmuebles,
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO QUE ESTABLECE LA EXONERACIÓN DEL 100%
DE LAS MULTAS DE IMPUESTO ÚNICO SOBRE INMUEBLES
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