ACTA MUNICIPAL 10-2016
Se acuerda conceder amnistía total a las multas y recargos por mora, por falta de pagos de arbitrios tasas y otras contribuciones a los inquilinos y locatarios del pago de piso del mercado antigua terminal.
ACTA No. 10-2,016
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS, DEL MUNICIPIO DE SAN MARCOS DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES MUNICIPALES EN DONDE APARECE INSCRITA EL ACTA No. 10-2,016 DE FECHA VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS LA CUAL EN SU PARTE CONDUCENTE DICE.
ACTA NUMERO: 10-2,016 En el Municipio de San Marcos Departamento de San Marcos, cuando son las dieciocho horas con diez minutos del día LUNES VEINTICINCO DE ENERO, del año dos mil dieciséis, reunidos en el Sótano del Parque Central José Ignacio Juárez, sede de la Municipalidad de San Marcos, para llevar a cabo la Sesión Pública, Ordinaria, presidida por el señor Alcalde Municipal Br. Cirilo Gabriel López López, con la presencia de los señores; TAE. Sara Lizeth Barrios Guzmán de Angel Sindico Primero Municipal, Lic. Esaú Gregorio Ajtun Juárez Sindico Segundo Municipal, Adán Emilio López Soto, Concejal Primero, Mepu. Luís Fernando de León Herrera, Concejal Segundo Municipal, ingeniero Héctor Alejandro González Barrios Concejal Tercero Municipal, Licenciado Francisco Alexander Gómez Velásquez Concejal Cuarto, Ingeniero Rodolfo Raquel Carredano Romero Concejal Quinto y Lic. Otto Eddy López López Secretario Municipal Que CERTIFICA, para dejar constancia de lo siguiente: DECIMO: AUTORIZACIÓN, PARA REBAJA DE MULTAS Y RECARGOS POR FALTA DE PAGO DE ARBITRIOS, TASAS Y OTRAS CONTRIBUCIONES. ACUERDO NÚMERO. 41-2016. El Honorable Concejo Municipal, del municipio de San Marcos CONSIDERANDO Que corresponde con exclusividad al Concejo municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar los intereses del municipio con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos conforme a la disponibilidad de recursos. CONSIDERANDO: Que el Concejo Municipal podrá resolver, con el voto favorable de sus integrantes, la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que señale y con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3, 5, 6, 33, 35, incisos a), i), n), 38, 40, 42, 67, 72, 101, 105, 107, del Código Municipal. CONSIDERANDO: Que debido a la situación económica por la que atraviesa la población en general de este municipio y con el propósito de descargar la cartera de morosidad en un buen porcentaje en el pago de multas y recargos por falta de pagos de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre y cuanto se de la buena voluntad de parte de los interesados y contribuyentes acogerse a la amnistía, por lo que es procedente tomar las acciones y facultades que se estimen convenientes y necesarias POR TANTO: El honorable Concejo Municipal de San Macos, departamento de San Marcos, con fundamento en los considerado y los artículos 253, 254, 255, 257, 260, 261 de la Constitución de la República de Guatemala, artículos 3,5,6,33,35, incisos a, i, n, 38, 40, 42, 67, 72, 101, 105, 107, del Código Municipal.
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