ACUERDO GUBERNATIVO  21-2016

Se acuerda derogar el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo Número 227-2012 de fecha 14 de septiembre de 2012.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 21-2016

Guatemala, 12 de enero de 2016


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 227-2012 de fecha 14 de septiembre de 2012, publicado en el Diario de Centro América el 1 de octubre de 2012, se acordó adscribir a favor del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas -ICTA- la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 11920, folio 186 del libro 49 de Transformación Agraria, propiedad de la Nación, para los fines propios de su naturaleza.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente número 2012-29172 (Ref. No. E-2878-2009), opinó de manera favorable respecto a derogar el artículo 2. del Acuerdo Gubernativo Número 227-2012 de fecha 14 de septiembre de 2012, por ser innecesaria la comparecencia del Procurador General de la Nación en representación del Estado, ante la Escribanía de Cámara y de Gobierno, para rescindir la Escritura Pública Número 843 de fecha 3 de diciembre de 1984, autorizada por el Escribano de Cámara y de Gobierno, Licenciado Byron Díaz Orellana, en virtud que la adscripción por ser una figura administrativa no tiene carácter contractual ni es objeto de inscripción, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literales e), y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literal j); y 35 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; y 2 literal c) del Decreto Ley Número 141-85 del Jefe de Estado.


ACUERDA

 
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