ACUERDO GUBERNATIVO 254-2015
Aprobar el Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 254-2015
Guatemala, 15 de diciembre de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), con base en lo que establece la literal e), numeral 3, Artículo 8, del Decreto número 25-80 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), mediante el Punto Sexto del Acta número 05-2015 del 14 de julio de 2015, aprobó el Anteproyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) para el Ejercicio Fiscal dos mil dieciséis, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 611 del 11 DIC. 2015, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución número 348 del 14 diciembre 2015 del Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en la literal e), Artículo 183; y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley;
ACUERDA:
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