ACUERDO MINISTERIAL DRH-2311-2015
Se aprueba la asignación del bono monetario denominado "Bono Familiar"
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO DRH-2311-2015
Guatemala, 23 de diciembre de 2015
LA MINISTRA DE GOBERNACIÓN
CONSIDERANDO:
Que con fecha 22 de enero de 2015, se suscribió entre el Sindicato de Técnicos, Oficinistas y Operativos de la Dirección General de Migración de la República de Guatemala y la Dirección General de Migración del Ministerio de Gobernación, el nuevo Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo; dicho Pacto fue recibido el 29 de enero de 2015 y homologado el 11 de febrero de 2015 por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, según resolución No, 48-2015; sin embargo a dicho Pacto se le realizaron varios Adendums los cuales también fueron homologados por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social mediante resoluciones números 172-2015, 258-2015, 259-2015 y 260- 2015.
CONSIDERANDO:
Que en el Pacto relacionado, en el artículo 44 BIS, se reguló el beneficio monetario denominado "Bono Familiar", el cual tiene carácter permanente y debe hacerse efectivo en forma mensual a los servidores públicos que se encuentran prestando sus servicios en el puesto con cargo al renglón presupuestario cero once (011) "Personal Permanente" de la Dirección General de Migración.
CONSIDERANDO:
Que con base a Dictamen Técnico No. 1-2015 de fecha 23 de diciembre de 2015 la Subgerencia Administrativa y Capacitación de Recursos Humanos de la Dirección General de Migración considera procedente la viabilidad de continuar con el trámite de la asignación de los beneficios económicos establecidos en el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo negociado. Que la Dirección Técnica del Presupuesto, del Ministerio de Finanzas Públicas, mediante Providencia número 1331 de fecha 23 de Noviembre de 2015, opinó que desde el punto de vista presupuestario, es viable continuar con el trámite correspondiente de los beneficios económicos indicados en el Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, antes citado; asimismo la Oficina Nacional de Servicio Civil emitió los Dictámenes APRA/2014-II-041, APRA/2014-II-081 y APRA/2015-I-063; de fechas 28 de agosto de 2014, 15 de diciembre de 2014 y 8 diciembre de 2015 respectivamente, así como también la Resolución No. D-2015-1483 Ref. APRA/2015-I-351 Expediente 2015-5115-MINGOB-DGM de fecha 9 de diciembre de 2015, en los cuales opinó favorablemente para el otorgamiento de los beneficios monetarios contenidos en la negociación del Nuevo Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo entre el Sindicato de Técnicos, Oficinistas y Operativos de la Dirección General de Migración de la República de Guatemala y la Dirección General de Migración del Ministerio de Gobernación, de igual forma la Unidad de Administración Financiera del Ministerio de Gobernación, a través del Dictamen Presupuestario No. D-MINGOB-93-UDAF-2015 de fecha 19 de octubre de 2015, manifiesta que se cuenta con la disponibilidad presupuestaría en los diferentes grupos de gasto y fuentes de financiamiento, por lo anterior es necesario emitir la disposición legal respectiva.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27, literales a), f) y m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, 4 del Acuerdo Gubernativo número 635-2007 de fecha 28 de diciembre de 2007; 5, 8 y 17 del Acuerdo Gubernativo número 494-2014 de fecha 30 de diciembre de 2014, que contiene el "Plan Anual de Salarios y Otras Disposiciones relacionadas con la Administración de Recursos Humanos del Organismo Ejecutivo, Entidades Descentralizadas o Autónomas para el Ejercicio Fiscal 2015"; y 44 BIS del Pacto Colectivo de Condiciones de Trabajo, suscrito entre el Sindicato de Técnicos, Oficinistas y Operativos de la Dirección General de Migración de la República de Guatemala y la Dirección General de Migración del Ministerio de Gobernación,
ACUERDA:
Aprobar la asignación del bono monetario denominado:
"BONO FAMILIAR"
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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