RESOLUCIÓN JM-120-2015
Se acuerda modificar el Anexo 1, REGLA DE PARTICIPACIÓN DEL BANCO DE GUATEMALA EN EL MERCADO INSTITUCIONAL DE DIVISAS, Resolución JM-171-2011.
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-120-2015
Inserta en el punto tercero b) del acta 48-2015, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 16 de diciembre de 2015.
PUNTO TERCERO b): Revisión de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2015,
RESOLUCIÓN JM-120-2015. Conocido el documento del Banco de Guatemala, que contiene la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaría y Crediticia, a noviembre de 2015, y Perspectivas Económicas para 2016, del 14 de diciembre de 2015.
LA JUNTA MONETARIA:
CONSIDERANDO: Que ante las perspectivas favorables de la economía mundial, en un entorno en el que se anticipan expectativas positivas de los agentes económicos, se proyecta que el país podría registrar un incremento del Producto Interno Bruto (PIB), en términos reales, de entre 3.1% y 3.9% para 2016; CONSIDERANDO: Que las proyecciones de los sectores monetario, real, fiscal y externo se fundamentan en la información más reciente, entre la que destaca las perspectivas económicas mundiales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y de otros organismos financieros internacionales, las cuales están sujetas a revisiones periódicas, dado que el proceso de recuperación de la economía mundial continua siendo moderado, en una coyuntura en la que prevalece el proceso de normalización de la política monetaria estadounidense; CONSIDERANDO: Que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2016, aprobado por el Congreso de la República, prevé un déficit fiscal de 1.6% del PIB; CONSIDERANDO: Que en un esquema de metas explícitas de inflación, el enfoque de gradualidad en la flexibilización cambiaria sigue siendo una opción razonable para la economía guatemalteca, dado que contribuye a absorber choques externos y a que los agentes económicos comprendan que la autoridad monetaria tiene como objetivo fundamental la estabilidad en el nivel general de precios; CONSIDERANDO: Que, de la evaluación realizada a la política monetaria, cambiaria y crediticia en 2015, esta junta estima pertinente introducir modificaciones a la misma.
POR TANTO:
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 4, 13 y 26 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, y tomando en cuenta el documento que contiene la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2015, y Perspectivas Económicas para 2016, del 14 de diciembre de 2015,
RESUELVE:
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